El arrendamiento

El arrendamiento

Hay arrendamiento cuando las dos partes contratantes se obligan recíprocamente, una, a conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra, a pagar por ese uso o goce un precio cierto.

El contrato de arrendamiento debe celebrarse por escrito. Son susceptibles de arrendarse todos los bienes que pueden usarse sin que se consuman, con excepción de los que prohíbe la ley.

Quienes celebren un contrato de arrendamiento deben tener la capacidad legal para ello. Dentro de los principales requisitos que debe tener el contrato son: nombres de los contratantes, inicio de vigencia, fecha de terminación, descripción clara y precisa del bien, el uso que se le dará, el precio de la renta, lugar y fecha de pago, el monto del depósito en garantía, la responsabilidad de las partes, las causas de terminación, los domicilios, la firma, entre otros.

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